La Municipalidad Provincial de Abancay (Apurímac) aprobó una ordenanza que prohíbe la discriminación en todas sus formas, la cual marca un “hito fundamental” pues es la primera en su género a nivel nacional, destacó hoy la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh).
En diálogo con la agencia Andina, el responsable del área de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Aprodeh, Wilfredo Ardito, señaló que la norma “marca un hito fundamental en la lucha contra el racismo y la discriminación en el Perú”.
Precisó que la Ordenanza Municipal 002-2008-A-MPA fue publicada hoy en el diario El Chaski de Apurímac y, a través de ella, la comuna reconoce la igualdad entre los seres humanos y rachaza toda discriminación por razón de raza, sexo, religión, actividad, condición de salud, discapacidad, lugar de origen o residencia, edad, idioma o de cualquier otra índole.
La ordenanza define a la discriminación como aquel acto que tiene como intención y/o efecto de excluir, tratar como inferior a una persona o grupo de personas, sobre la base de su permanencia a un grupo social y que tiene como objetivo disminuir sus oportunidades y opciones, o anular o menoscabar el reconocimiento de sus derechos.
El municipio considera que la discriminación es un problema social que debe ser enfrentado de manera integral y concertado por las instituciones estatales y organizaciones de la sociedad civil.
Agregó que “se trata de un aporte fundamental, porque hasta ahora sólo se consideraban discriminatorios los actos que tuvieran intención de discriminar y ésta resulta muy difícil de probar”.
El especialista dijo que la ordenanza no sólo es la primera en el Perú, sino que incluye causales muy serias de discriminación como la orientación sexual y la actividad, que afecta especialmente a las trabajadoras del hogar.
Establece que tampoco podrá haber discriminación por la falta de documentación.
Mediante la ordenanza, la municipalidad prohíbe tajantemente a su personal el empleo de expresiones discriminatorias por parte del personal. De incurrir en esa falta serán sancionados, advierte.
Así, la comuna denunciará ante el Ministerio Público a los funcionarios que incurren en discriminación para que sean sancionados según el artículo 323 del Código Penal, que establece una pena de hasta cuatro años de prisión para los funcionarios públicos que cometan actos discriminatorios.
Ardito refirió que hasta el momento, sólo las municipalidades de Magdalena y San Miguel se habían preocupado de la problemática de discriminación pero de manera muy limitada, pues se limitaba a revocar la licencia de funcionamiento de los locales que discriminaban a los clientes.
“La ordenanza aprobada en Abancay es mucho más completa y esperemos que en los próximos meses sea un ejemplo a seguir por las municipalidades de todo el Perú”, puntualizó
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